NdP Sexta Sesión Ciclo Conferencias Derecho Concursal

27 de noviembre de 2025

“Venta de la Unidad Productiva”

Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros, Valencia, 27 de noviembre de 2025.

• La Venta de la Unidad Productiva bien instrumentada permite salvar la empresa en un procedimiento concursal.

• El objetivo último de un procedimiento concursal es limitar los daños y salvaguardar la viabilidad empresarial por encima de los intereses del deudor.

• La disparidad de criterios e intereses entre los agentes intervinientes aumenta los costes y dilata, innecesariamente, los procedimientos concursales. Los criterios establecidos y los documentos expedidos desde la Administración de Justicia deberían prevalecer ante potenciales disensiones.

Valencia, 27 de septiembre de 2025.- Dentro de las actividades programadas por el 35 Aniversario de la Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros (FEBF) se ha organizado el Ciclo de Conferencias de Derecho Concursal, con el objetivo de reflexionar sobre la normativa del concurso de acreedores, intervenir y asesorar ante situaciones de insolvencia, favoreciendo que los deudores puedan hacer frente a sus obligaciones. En la sexta sesión se contó con la participación del Magistrado-Juez Francisco Gil Monzó del Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Valencia, con una conferencia bajo el título “Venta de la Unidad Productiva” y asistencia de miembros del Consejo General de Socios de la Fundación como Andersen, Alentta, Arastivar, Asesoría Jurídica Pascual de Miguel, I-Ley, Mirabaud, Powerauctions, RSM Spain y SUE Abogados y Economistas.

Isabel Giménez, directora general de la FEBF, realizó la apertura de la sesión haciendo hincapié en la importancia de realizar foros de encuentro jurídico-económicos donde compartir conocimientos e intercambiar opiniones. En relación a esta sesión, señaló que “la venta de la unidad productiva concursal se ha posicionado con fuerza como alternativa a tener en cuenta para todas aquellas empresas que pasan por un momento financiero complicado y quieren superar el proceso concursal”.

A continuación, Beatriz Carbonell, socia directora de SUE Abogados y Economistas y moderadora de la sesión comenzó felicitando a la Fundación por su 35 Aniversario, y agradeció tener la oportunidad de participar en el Ciclo de Conferencias de Derecho Concursal.

Francisco Gil Monzó, Magistrado juez del Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Valencia, comenzó su intervención hablando sobre la ventaja que supone lanueva figura del prepack concursal introducido por la Ley 16/2022, “que permite buscar compradores antes de que el concurso se declare, y que, además, permite agilizar el proceso y proteger el valor de la empresa”.

Asimismo, indicó que “con esta reforma también se simplifica la aprobación judicial de las ventas, al tiempo que aumenta la transparencia procedimental. Adicionalmente, regula el proceso de la venta de la unidad productiva a lo largo de las diferentes fases del concurso, incluyendo la fase de liquidación, y permite que se incluyan en los planes de reestructuración como salvaguarda del proceso”.

Además de ello, comentó que en con esta nueva legislación “se establece un procedimiento especial en el contexto de las microempresas, donde al transferir un negocio operativo (activos, contratos, empleados) a un nuevo propietario, se le exime de las deudas de la fase anterior, y se pueden usar diferentes procedimientos alternativos: la venta directa o bien la subasta”.

En cuanto a las posibles desventajas, el Magistrado Gil indicó que “existe una extrema complejidad en la negociación, pese a los procedimientos facilitadores establecidos en el seno de la Ley, para la subrogación de contratos laborales, así como un posible riesgo de incumplimiento por parte del comprador, que generaría nuevos problemas legales”.

Añadió que “un Plan de Reestructuración no excluye necesariamente la venta de una Unidad Productiva, de hecho, puede incluirse como medida para sanear la empresa, ya que vender una unidad productiva es una opción si el objetivo es salvar la empresa, siempre y cuando no sea una forma de fraude legal

El Magistrado Gil continuó reflexionando como “el objetivo primordial de un procedimiento concursal es salvaguardar la viabilidad empresarial, por encima de los intereses del deudor. Y en este contexto, si dividimos las unidades productivas por centros de trabajo, se puede realizar el plan de Reestructuración pivotando sobre aquellas que sean viables. y liquidando las que no lo fueran previamente para hacer frente a las deudas

Por último, indicó que “es fundamental poner de manifiesto argumentos sólidos en los supuestos en los que se articulen Recursos de Reposición frente al Auto de Adjudicación de la Unidad Productiva, otorgará garantías a las partes intervinientes a lo largo del proceso, y aumentar la seguridad jurídica”.

Sonia Gimeno Gil socia directora de SUE ABOGADOS SLP concluyó que, tras la nueva regulación, son numerosas las ventas de unidades productivas que se están llevando a cabo siempre que se trabajen previamente a la solicitud, y que el procedimiento sea coordinado con rapidez por parte del Juzgado y el Administrador Concursal.

En cuanto a intervinientes discordantes en los procedimientos concursales, los asistentes citaron casos paradigmáticos en los que no ha habido unicidad de criterio entre las administraciones públicas (por ejemplo, entre la Administración de Justicia y la Tesorería de la Seguridad Social) o entre las fuerzas sociales (trabajadores y representantes sindicales), dilatando los procesos concursales y aumentando los costes y el alcance de los damnificados. En algunos casos, además, estas discrepancias han abocado a las empresas a la quiebra, en lugar de conseguir su viabilidad. En este contexto, los criterios establecidos y las resoluciones Judiciales deberían prevalecer ante posibles disensiones.

Isabel Giménez señaló que “estos encuentros permiten el aprendizaje a partir de casos prácticos, y la actualización entre profesionales financieros, jurídicos y Administración de Justicia, ofreciendo testimonios de primer nivel que pueden mejorar la competitividad de pymes y empresas familiares”.

En 2025, la FEBF ha celebrado su 35 Aniversario con un balance plurianual de más de 60.000 asistentes a sus actividades formativas, 1.500 alumnos de posgrado y 33 publicaciones jurídico-financieras.

Dentro de sus actividades destaca el Máster de Asesoría Jurídica de Empresas, que incluye un área de derecho concursal (con veinticinco ediciones en su haber, en colaboración con la Universidad CEU-UCH, y los principales despachos jurídicos presentes en la Comunidad Valenciana), el Observatorio M&A o la Jornada Legaltech.