- La Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros (FEBF) ha organizado junto con Broseta la jornada ‘Ayudas DANA: medidas fiscales y laborales’
- La sesión ha servido para hacer un repaso de todas las ayudas y herramientas fiscales que se han puesto a disposición de las empresas y autónomos afectados
- En materia autonómica destaca la ayuda a largo plazo del IVF, que contempla hasta 3 millones de euros para la reconstrucción en 10 años
- A nivel estatal también se han puesto en marcha ayudas inmediatas, aunque las más importantes se perfilarán el año que viene, con una partida de 200 millones para el sector turístico y 650 para la industria
Valencia, jueves 5 de diciembre de 2024. Hasta 30.000 euros de impulso para la reconstrucción y hasta 3 millones de euros de ayudas a largo plazo para las empresas valencianas y autónomos afectados por la DANA. Estas son las líneas autonómicas de subvención disponibles para los negocios que han sufrido daños o pérdidas durante las inundaciones del pasado mes de octubre. Así lo ha explicado la Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros (FEBF) en la jornada que ha organizado junto con Broseta para explicar todos los mecanismos de apoyo disponibles por la DANA.
Esta sesión se ha celebrado bajo el título ‘Ayudas DANA: medidas fiscales y laborales’, y ha servido para explicar todas las líneas de ayuda disponibles para los afectados por la DANA, así como las exenciones y otras medidas de apoyo para la recuperación de la actividad. En ella han participado Juan Sanhermelando, director fiscal de Broseta; José María Beneyto, director de Grants & Invesments de Broseta, y Arturo Caballer, senior Laboral de la firma. Isabel Giménez, directora general de la FEBF, ha moderado la sesión.
Ayudas económicas
En cuanto a las ayudas para la reconstrucción y mantenimiento del empleo, que son las más inmediatas, la Generalitat Valenciana ofrece hasta 30.000 euros en el caso de las empresas industriales y hasta 15.000 a las empresas comerciales, de turismo y servicios. Estas ayudas tienen una base de 5.000 euros y son ampliables 1.000 euros por cada trabajador.
Asimismo, el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) ha lanzado una línea a largo plazo que oscila entre los 200.000 y 3 millones de euros, con una inversión de hasta 10 años y un tipo de interés del 0%. También en la categoría de ayudas a largo plazo, está disponible la línea AfínSGR, de entre 25.000 y 1 millón de euros, con un plazo de ejecución de hasta 10 años.
Por lo que respecta a las ayudas de ámbito nacional, las empresas y autónomos valencianos tendrán derecho a pedir una ayuda dependiendo del volumen de operaciones correspondiente a 2023: 10.000 euros en el caso de las empresas con un volumen inferior al millón de euros, y hasta 150.000 para las empresas con un volumen superior a los 10 millones.
Finalmente, la radiografía de la FEBF y Broseta en cuanto a ayudas económicas también incluye a las áreas industriales, que podrán percibir un aumento de hasta el 100% de las ayudas de modernización, dotación de infraestructuras y servicios.
Además, a nivel nacional también se están poniendo en marcha planes y ayudas para la reactivación industrial y turística, que todavía se están perfilando pero que contemplan una partida de 200 millones para el sector turístico y 650 millones para el sector industrial., entre otras. Todas tienen en común un interés del 0%, y podrán subvencionar materiales, recuperación de instalaciones, modernización y liquidez. El plazo es hasta el 31 de diciembre de 2025.
Apoyo y medidas fiscales
Igualmente, los afectados por la DANA podrán beneficiarse de algunas medidas fiscales para favorecer la recuperación. Por ejemplo, tal y como han explicado los expertos de Broseta, algunas de las medidas fiscales incluyen una “pausa” fiscal hasta finales del mes de enero de 2025, que incluye el aplazamiento de pagos como el IVA, IRPF o especiales a las empresas y autónomos con un volumen de operaciones inferior a los 6 millones de euros.
Además, también se aplazan las declaraciones y liquidaciones y los plazos de atención a requerimientos, diligencias, alegaciones y otros procedimientos. En el caso de las deudas tributarias, se concede un aplazamiento de hasta 24 meses sin intereses de demora en los seis primeros.
El IBI, por su parte, quedará exento siempre que se demuestre que ha habido daños en el local o en los bienes materiales que contenía, mientras que el IAE se reducirá durante el tiempo que estuvo cerrado el negocio.