Intervención Miguel Ángel Ivorra – Inauguración Jornada Solidaria Reconstrucción

3 de marzo de 2025

Miguel Ángel Ivorra. Director General de Urbanismo. Consellería de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio

SALUTACIÓN INICIAL

Buenos días,

En primer lugar, quiero dar las gracias al Sabadell por trasladarnos su invitación a esta jornada sobre innovación y urbanismo. Un encuentro que sin duda nos va a servir para reflexionar sobre el presente y el futuro de la ordenación de nuestro territorio en esta fase de reconstrucción tras las riadas.

Como saben, la Generalitat y en concreto la Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio, comenzó la fase de reconstrucción a las pocas horas de las riadas.

El día 1, de hecho, ya comenzamos con las reparaciones de emergencia de:

  • Las 18 carreteras de la Generalitat afectadas
  • Las 123 depuradoras dañadas
  • Los 47 km de vías destrozadas por el agua de la red de metrovalencia
  • las xx obras en municipios que asumimos para restaurar sus infraestructuras
  • o la retirada de más de 800.000 toneladas de residuos de la Dana que hemos gestionado.

Pero además de estas actuaciones, el equipo técnico de la Dirección General de Urbanismo también trabajó sobre el terreno durante todos esos días para desarrollar un extenso trabajo que ha finalizado con una nueva cartografía de las zonas afectadas. Un documento fundamental, en este nuevo escenario post-emergencia, que nos permite abordar aspectos tan importantes para el futuro de nuestro territorio, como:

  • identificar y delimitar zonas de riesgo de inundación,
  • evaluar la peligrosidad y vulnerabilidad ante futuros eventos,
  • proteger a la población de estos episodios
  • programar el futuro planeamiento con medidas de prevención y mitigación en las zonas más afectadas

HERRAMIENTA PARA LA ORDENACIÓN

Hablamos, por tanto, de una herramienta fundamental para la prevención, planificación y respuesta en la gestión de la ordenación del territorio.

Mediante esta cartografía DANA se analiza:

  • el comportamiento de los flujos de agua durante el episodio de riadas,
  • la totalidad de áreas afectadas
  • y las alturas alcanzadas ante el desbordamiento de los cauces de las cuencas de los ríos Turia y Magro, así como los barrancos del Poyo, Saleta y Picasent y sus afluentes.

NUEVAS MEDIDAS A APLICAR

Como saben, el pasado 30 de diciembre, la Conselleria impulsó un Decreto Ley 20/2024 de medidas urbanísticas urgentes para favorecer las tareas de reconstrucción.

Una norma, que se tramitará como proyecto de ley, y que establece las medidas urbanísticas urgentes aplicables exclusivamente en los municipios afectados por los daños provocados por las riadas.

El objetivo principal del Consell es facilitar las tareas y evitar que la reconstrucción quede atrapada en las rigideces de nuestro sistema urbanístico.

Como ya avanzamos, la Disposición Transitoria Segunda del Decreto Ley, establece la suspensión de la tramitación de determinados procedimientos urbanísticos en distintas situaciones básicas de suelo en función de dos condicionantes:

  • la aprobación de una relación programada de obras hidráulicas a realizar por la Administración General del Estado que eliminen el riesgo de inundación en los municipios afectados y
  • la elaboración por la Conselleria de una cartografía relativa a las zonas inundadas por la DANA.

Consideramos y así lo hemos trasladado a la CHJ que el Gobierno debe acometer SIN DEMORA la relación programada de obras hidráulicas a realizar, valoradas económicamente, que figura en el PATRICOVA y en el Plan de gestión del riesgo de inundación de la Confederación Hidrológica del Júcar. Pese a aparecer en el papel, este Consell reclama:

  • un calendario de ejecución preciso,
  • con la necesaria reserva presupuestaria, sin la que no hay garantía de su ejecución.

Desde la Generalitat una vez más CUMPLIMOS y hemos hecho nuestra parte. Pero no dejaremos de reivindicar las actuaciones necesarias para evitar futuras catástrofes.

Este nuevo mapa nos aporta más certeza sobre la afección real de las riadas, también clarifica los suelos sobre los que no existe influencia alguna de OBRAS HIDRÁULICAS PENDIENTES DE EJECUTAR POR EL ESTADO.

El nuevo escenario nos lleva a una fase de levantamiento de algunas de las cautelas previstas ahora vigente, según la Transitoria 2ª del Decreto Ley 20/2024.

DESESCALADA CONDICIONADA

Vamos a contemplar factores esenciales que van a condicionar las actuaciones urbanísticas en todos los municipios: Estos factores son que en los suelos afectados exista o no influencia por futuras OBRAS HIDRÁULICAS PENDIENTES DE EJECUTAR POR EL ESTADO, conforme a los planes de gestión del riesgo de inundación de las demarcaciones hidrográficas, en la actualidad vigentes conforme al Real Decreto 26/2023, de 17 de enero.

Teniendo en cuenta esta premisa, hemos analizado tres situaciones en cuanto a la tramitación de expedientes urbanísticos, que requerirán la modificación de la vigente Disposición Transitoria 2ª:

En los Suelos en situación 1 (inundables en la cartografía PATRICOVA, o/y en la cartografía del Ministerio), pero no afectados por la cartografía DANA

  • Se mantendrá la aplicación de la normativa vigente de inundabilidad: PATRICOVA y normativa Ministerio.

En los Suelos en situación 2. (Suelos situados dentro de la delimitación de la huella de zona inundada por la cartografía DANA).

  • si la actuación urbanística no estuviera afectada por OBRAS HIDRÁULICAS PENDIENTES DE EJECUTAR POR EL ESTADO:
    • Se aplicará la normativa PATRICOVA en caso de ser inundable según cartografías vigente, o se adoptarán medidas correctoras, en caso contrario, analizando caso por caso.
    • Con informe preceptivo y vinculante por el órgano autonómico competente en inundabilidad:
      • si la actuación urbanística estuviera afectada por OBRAS HIDRÁULICAS PENDIENTES DE EJECUTAR POR EL ESTADO, quedaría condicionada, a la ejecución de las mencionadas obras, además de las condiciones indicadas en el apartado anterior.

En los Suelos en situación 3. (NO inundables en la cartografía PATRICOVA, NO inundables en la cartografía del Ministerio, y NO situados dentro de la delimitación de la huella de zona inundada por la cartografía DANA)

  • No habría impedimento para tramitar el expediente urbanístico.

Con estas actuaciones previstas, el porcentaje de suelo del total de municipios afectados es del 18,57% quedando por tanto libre de afección: más del 80%.

CONCLUSIÓN

Para finalizar, insistir en que, con estas nuevas figuras, la Conselleria pretende garantizar:

  • En primer lugar, la seguridad de los ciudadanos, con la reserva cautelar del suelo donde deben acometerse las obras estructurales de encauzamiento de barracos.
  • Y, en segundo lugar, el necesario el equilibrio entre la restricción al desarrollo de suelos con riesgo de inundabilidad, con el estudio al detalle, caso a caso, de cada proyecto con el desarrollo de los municipios.
  • Y con las máximas garantías, con informe preceptivo y vinculante por el órgano autonómico competente en inundabilidad, siempre que la actuación urbanística no estuviera afectada por OBRAS HIDRÁULICAS PENDIENTES DE EJECUTAR POR EL ESTADO.

–     Por último, la Conselleria también seguirá trabajando para adaptar el urbanismo a un nuevo contexto marcado por las inundaciones del pasado octubre y el cambio climático. Se reformará el Plan de Acción Territorial de carácter sectorial sobre prevención del Riesgo de Inundación en la Comunitat Valenciana (Patricova).

Una modificación que afectará a la zona 0, pero también al conjunto de la Comunitat Valenciana.

Muchas gracias.

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